El pasado día 6/4/2018 fueron notificadas cuatro Sentencias del
Tribunal Supremo, recaídas en los Recursos contencioso-administrativos
que interpuso la CNT contra los Acuerdos del Consejo de Ministros donde
se resolvían las solicitudes de reintegración y compensación de bienes y
derechos de la CNT, al amparo de lo establecido en la Disposición
Adicional Cuarta de la Ley 4/1986, que regula la devolución del llamado
“Patrimonio Histórico” incautado durante la Guerra Civil a las
organizaciones sindicales.
Pese a que en la época de la incautación la CNT era el mayor
sindicato del Estado español, no sólo en número de afiliados sino en
patrimonio, desde la promulgación de la Ley en 1986 hubo un trato de
favor para el otro gran sindicato que sufrió expolio, la UGT. Ya en 1986
se compensó a UGT con 4.144 millones de pesetas y en 1999 se le
restituyeron 39 inmuebles en propiedad, mientras que la CNT recibió una
ínfima parte.
Pero en 2001 UGT es condenada como responsable civil a más de trece
mil millones de pesetas por el escándalo de la cooperativa de viviendas
PSV. Esta deuda fue cubierta, ya desde 1996, por un préstamo del
Instituto de Crédito Oficial (ICO), que como garantía para su
devolución, en algo inédito en la historia de la banca, la fió a una
futura reforma legal de la Ley de Patrimonio Histórico.
Dicho y hecho. Con el regreso del PSOE al Gobierno en 2004 de la mano
de José Luis Rodríguez Zapatero, la Disposición Adicional Cuarta de la
Ley 4/1986 fue modificada por el Real Decreto-Ley 13/2005, donde se
establece que también debería reintegrarse o compensarse a los
sindicatos históricos no sólo por lo incautado a ellos mismos, sino
también a lo incautado a persona jurídica de naturaleza mercantil,
cooperativa o fundacional, que hubiera estado afiliada, asociada o
vinculada a esos sindicatos. Otra novedad fue que los bienes muebles
situados dentro de los inmuebles incautados se valorarían en un tres por
ciento del valor de compensación de estos últimos. Y por último, todas
las cantidades a compensar deberían ser actualizadas al momento de la
devolución (y no a 1986).
El objetivo real de esta reforma, que fue hecha por el Gobierno a
través del instrumento del Decreto-Ley que en principio está reservado a
razones de urgencia-, era compensar a la UGT por la Fundación Cesáreo
del Cerro, organización no sindical pero al parecer vinculada a esa
central. Esta Fundación fue valorada, junto con unos pocos inmuebles
más, por 151 millones de euros, cantidad que “casualmente” coincidía con
la deuda de UGT con el ICO. El dinero no llegó ni siquiera a pasar por
las arcas de UGT: fue directamente compensado por la deuda con el ICO.
Solventado el propósito de quitarle la losa de la deuda impagable a
UGT, al Gobierno se le presentaba el problema de cómo sortear las 4.525
solicitudes de devolución patrimonial interpuestas por la CNT. Lo hizo
de la manera más burda, descarada y chapucera: las compensaciones a CNT
realizadas a través de tres Acuerdos del Consejo de Ministros apenas
llegaron al 8% de lo que compensaron a UGT, y ello que, insistimos una
vez más, es indudable que en la época de la incautación nuestra
organización tenía mucho más patrimonio y afiliados que aquella otra
central ahora afín al partido que gobernaba el Estado.
Como no podía ser de otra forma, la CNT recurrió el contenido de los
Acuerdos del Consejo de Ministros ante el Tribunal Supremo. En estos
recursos se pedía:
- Compensar bienes que habían sido desestimados por la Administración pero que estaba perfectamente acreditada su incautación y su pertenencia a la CNT.
- Valorar de forma adecuada tanto los inmuebles, cuentas bancarias y bienes muebles.
En total la reclamación de la CNT versaba sobre 86 inmuebles, 275
cuentas bancarias y 102 muebles. Asimismo, se reclamaba una mejor
valoración de los bienes compensados en 2006, 2007 y 2008.
Estos procedimientos han estado paralizados en el Tribunal Supremo
desde 2007 y 2008 hasta 2018. Asimismo, el Tribunal Constitucional,
después de 10 años de espera, resolvió que la reforma legal introducida
en esta materia en 2005 a través de un Decreto Ley era inconstitucional,
por no reunir los requisitos de la urgencia. Por tanto, ahora el
Tribunal Supremo ha aplicado la vieja ley de 1986 y las valoraciones de
los bienes se han realizado a la fecha de enero de 1986, con la
consiguiente merma de las mismas pues ya no se puede compensar por
personas jurídicas “vinculadas”, como sí se hizo a UGT con la Fundación
Cesáreo del Cerro, ni se actualizan los valores de los inmuebles desde
1986 a 2008, ni se compensa por el valor de los bienes muebles que
estuvieran en los edificios incautados.
El Tribunal Supremo condena a la Administración del Estado a pagar a
la CNT 2.5 millones de euros, la restitución de dos inmuebles y la
valoración y compensación de 16 bienes muebles más.
A su vez, este Tribunal desestima la reclamación de CNT respecto a
otro conjunto de bienes y la pretensión de que las valoraciones de las
cuentas bancarias se hagan partiendo de su valor en el momento de la
incautación y no de enero de 1940, que es la fecha tomada como
referencia por la Administración.
Los servicios jurídicos de la CNT están estudiando el contenido de
las cuatro sentencias y sopesando las posibilidades de recurso para
continuar la reivindicación del Patrimonio Histórico que resta por
compensar o reintegrar.
En 2018, a más de 80 del aquel golpe de Estado y a casi cuarenta años
de la promulgación de la Constitución española, todavía seguimos
exigiendo la reparación y la recuperación de nuestro patrimonio. El
Poder Legislativo tardó bastantes años en legislar, de forma chapucera,
una cierta reparación, el Poder Ejecutivo demoró e interpretó
restrictivamente la norma para devolver a la CNT una ínfima parte de su
patrimonio, y finalmente, el Poder Judicial ha tardado otros diez años
en resolver este asunto. Sin embargo, con la otra organización
histórica, la UGT, sí hubo celeridad y generosidad.
La CNT no renunciará jamás a reclamar su Patrimonio Histórico. Se
dará la batalla en el ámbito judicial y por cualquier otro medio que
tengamos a nuestro alcance. No nos resignaremos a la ínfima parte que
nos han compensado y cerrar de esa manera tan miserable la reclamación
de lo que fue un patrimonio amasado con el esfuerzo de cientos de miles
de trabajadores que nos fue arrebatado por la dictadura de Franco.
Secretariado Permanente del Comité Confederal